La sentencia de divorcio mexicana no es directamente válida en España. Para que para que pueda ser reconocida allí, surtiendo de esa manera todos sus efectos, será necesaria la previa obtención del exequátur.
En 1989, México y España firmaron un convenio en materia de reconocimiento y ejecución de sentencias judiciales y laudos arbitrales (ver convenio), pero lamentablemente el art. 3 del mismo excluye expresamente las sentencias de divorcio. Por ello, serán de aplicación las previsiones legales vigentes en España a estos efectos. Así, el juez español, tras comprobar la concurrencia de los requisitos legales, concederá el exequátur, y ordenará la inscripción del divorcio en el Registro Civil competente. Sólo a partir de ese momento tendrá plenos efectos la sentencia de divorcio mexicana en lo que respecta a España.
Una de las cuestiones que más afectará a la duración del proceso será la necesidad o no de notificar al cónyuge demandado. Si este se encuentra en otro país, el procedimiento tenderá a alargarse, ya que será necesario que la comunicación le llegue de manera fehaciente. Como este tipo de comunicaciones suelen realizarse requiriendo la colaboración de los órganos judiciales del país de que se trata, si se da este caso, el procedimiento puede extender su duración en varios meses. Si embargo, existen vías de evitar esta indeseable situación.
Varés & Asociados es el despacho lider en reconocimiento y resolución de sentencias extranjeras en España. Contamos con gran experiencia en lo que se refiere a la obtención de exequatur de divorcios en México.
Varés & Asociados. por comunicación, eficiencia y precio, sus abogados internacionales de confianza.